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Audiencia por proyecto que permite a tutores usar la "fila expreso" sin presencia del beneficiario abre debate sobre identificación y posible abuso
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La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizó una vista pública para discutir enmiendas propuestas al artículo 2, 3 y 7 de la Ley 297 de 2018 mediante el Proyecto de la Cámara 227, presentado por el representante Gabriel Rodríguez Aguiló, que elimina el requisito de la presencia física del menor o de la persona con impedimento para que un padre, tutor o encargado use la fila expreso.
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes realizó una vista pública para discutir enmiendas propuestas al artículo 2, 3 y 7 de la Ley 297 de 2018 mediante el Proyecto de la Cámara 227, presentado por el representante Gabriel Rodríguez Aguiló, que elimina el requisito de la presencia física del menor o de la persona con impedimento para que un padre, tutor o encargado use la fila expreso.
El debate se centró en dos líneas: la intención del proyecto —agilizar gestiones para cuidadores que no pueden trasladar al beneficiario— y los riesgos de implementación que podrían convertir la fila prioritaria en un servicio sobredemandado o susceptible de fraude. "Nos preocupa, sin embargo, desde el punto de vista de la implementación de la ley, el cambio que efectúa la medida a eliminar el requisito de presencia física de la persona", dijo José Caron, director estatal de AARP Puerto Rico, quien expresó apoyo condicionado a mecanismos que preserven el propósito original de la fila.
La ponente Iris Santiago Peña, presidenta del Club de Leones Las Américas, puso énfasis en la protección de derechos y la dignidad del beneficiario: "La presencia del beneficiario... podría ser una forma de asegurar que...reciba el trato adecuado a su situación particular", y recomendó campañas de educación pública sobre el uso correcto de la fila expreso. Juan J. Troche, defensor interino de la Defensoría de las Personas con Impedimento, reclamó el uso del término jurídico "personas con impedimento" en lugar de "diversidad funcional" y subrayó la necesidad de un mecanismo estatal que garantice el buen uso del beneficio: "si vamos a incluir más gente... vamos a tener la dificultad de que tengo una persona en silla de ruedas esperando ahí y de momento, por razón del estricto turno en que llega, tiene cuatro personas adelante".
El autor del proyecto, el representante Gabriel Rodríguez Aguiló, explicó que la medida persigue evitar que familias con menores que no pueden ser llevados a una agencia pierdan trámites esenciales. "No queremos ampliar, queremos simplificar el proceso para evitar que un padre, un tutor, una madre...tengan que verse obligados a llevar el menor a la fila", dijo Rodríguez Aguiló, y sugirió que la identificación emitida para el menor señale quiénes son los tutores autorizados.
Entre las opciones técnicas y administrativas discutidas estuvieron:
- Uso o ampliación de identificaciones expedidas por el Departamento de Salud (citación: Ley 108 en la discusión) o incorporación de la información del tutor en la tarjeta de identificación ya existente. Juan Montalvo, abogado principal de la Defensoría, destacó que la tarjeta vigente de la Ley 108 es una herramienta de bajo costo que podría contener datos del representante autorizado.
- Apertura de un registro o validación previa para cuidadores, apuntando a la Ley 82 de 2023 (registro de cuidadores) como referencia mencionada por exponentes.
- Pilotos y uso de videoconferencia y estaciones VRI (interpretación remota por video) en agencias con infraestructura, propuesta vinculada a experiencias de servicio remoto desarrolladas durante la pandemia.
Varios ponentes advirtieron contra fijar la calificación únicamente por edad. José Caron señaló que establecer la edad como único criterio podría sobrecargar la fila: estimó que hay cientos de miles de cuidadores y recordó la necesidad de distinguir entre quienes realmente requieren prioridad y quienes no. Montalvo ofreció datos aportados en la sesión para ilustrar la magnitud del reto: citó estimaciones poblacionales sobre personas con impedimento y personas de edad avanzada para argumentar que la inclusión indiscriminada diluye el beneficio.
La comisión recogió solicitudes para que el proyecto se enmiende con definiciones más precisas —por ejemplo, definir legalmente "cuidador" frente a "tutor"— y con requisitos reglamentarios para la expedición de credenciales o fichas que acrediten el derecho a usar la fila expreso. También se propuso convocar a agencias ejecutoras (mencionadas en la vista: Departamento de Salud, Departamento de la Familia, CESCO/centros de licencia, Turnos PR y la colecturía) para obtener información operativa sobre cómo se aplican hoy las filas prioritarias.
No se registró en la vista una votación ni una decisión final; los intervinientes acordaron enviar ponencias por escrito y explorar redacciones alternativas. La comisión indicó que dará cinco días para que se presenten documentos complementarios y que evaluará enmiendas que puedan incluir: criterios de elegibilidad, mecanismos de verificación, inclusión explícita de condiciones cognitivas y opciones tecnológicas cuando sean viables.
Próximos pasos informados durante la vista incluyen la recepción de la ponencia por escrito de la Defensoría y la posibilidad de convocar a representantes de agencias operativas para recibir información técnica antes de tomar determinaciones legislativas.

