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Comisión de la Cámara escucha proyecto para abrir a varias aseguradoras el seguro por incapacidad de empleados públicos; la Junta de Retiro se opone
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Summary
La Comisión de los Sistemas de Retiro de la Cámara de Representantes se reunió el 29 de octubre de 2025 para considerar el Proyecto de la Cámara 673, que propone enmendar el artículo 5-112 de la Ley Núm. 447 (15 de mayo de 1951) para que el seguro obligatorio por incapacidad de los empleados públicos y de la judicatura pueda ser provisto por más de una compañía aseguradora autorizada en Puerto Rico.
La Comisión de los Sistemas de Retiro de la Cámara de Representantes se reunió el 29 de octubre de 2025 para considerar el Proyecto de la Cámara 673, que propone enmendar el artículo 5-112 de la Ley Núm. 447 (15 de mayo de 1951) para que el seguro obligatorio por incapacidad de los empleados públicos y de la judicatura pueda ser provisto por más de una compañía aseguradora autorizada en Puerto Rico.
Azuset del Valle Lecarós, directora ejecutiva y comisionada de seguros, dijo que la Oficina del Comisionado de Seguros “respalda el proyecto de la Cámara por fomentar competencia, mejorar opciones a los empleados públicos y fortalecer el mercado de los seguros”, pero condicionó ese apoyo a análisis técnicos: “respetuosamente se realice un estudio actuarial para evaluar si la tarifa máxima de aportación de 0.25% sigue siendo adecuada”. La comisionada explicó que la tarifa máxima vigente ha contribuido a la baja participación de aseguradoras; además señaló que el programa opera hoy como una póliza colectiva y mencionó un tope de beneficio de “2,250 mensuales a partir del primero de julio del 2024”.
Arnaldo J. Ortiz Miranda, administrador de los sistemas de retiro, sostuvo que la Junta no favorece la aprobación de la medida “precisamente, por esas 2 preocupaciones” que había señalado la comisionada: la suficiencia de la prima y el riesgo de selección adversa. Ortiz señaló que la prima máxima vigente equivale, en la práctica, a “12 dólares 50 centavos al mes” por participante (límite legal basado en 0.25% con salario tope de 5,000), y advirtió que fragmentar la cobertura entre múltiples aseguradoras puede dificultar la negociación de beneficios para el grupo y generar que ciertas profesiones de mayor riesgo —por ejemplo, policías— queden efectivamente excluidas por las aseguradoras.
Ortiz informó además antecedentes del proceso contractual: en febrero de 2024 la Junta emitió una solicitud de propuestas a siete compañías y obtuvo dos ofertas (MetLife y Multinational), y el contrato vigente se emite por años fiscales (1 de julio–30 de junio). Sobre la duración y montos de las cubiertas, en la discusión surgieron diferencias técnicas entre la descripción de la cobertura básica y las cubiertas complementarias (por ejemplo, la Junta explicó que ciertos beneficios adicionales para personal de alto riesgo pueden extenderse más allá del periodo básico mencionado en el proyecto).
Varios legisladores plantearon la desigualdad actual en la cobertura: representantes señalaron que los maestros no están incluidos en la cubierta básica del sistema y pidieron estudiar una enmienda para incorporarlos. La presidenta de la comisión anunció su disposición a promover un estudio y trabajar en una enmienda para atender esa exclusión.
No se aprobó ninguna moción ni se produjo voto formal durante la vista. La comisionada de seguros se comprometió a investigar y notificar a la comisión sobre la existencia de querellas contra la aseguradora actual en un plazo de cinco días hábiles; el administrador de la Junta también accedió a proveer datos sobre la participación y uso del seguro en un plazo similar.
Por tanto, la sesión dejó claras posiciones encontradas: la Oficina del Comisionado de Seguros apoya la apertura del mercado condicionada a un estudio actuarial y a salvaguardas técnicas, y la Junta de Retiro recomienda cautela y no auspicia la aprobación sin ajustes a la tarifa y al diseño que eviten efectos adversos sobre la negociación colectiva y la equidad de cobertura.

