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Organizador Eric Nava Pérez explica alcance de la Ley Local 122 que reduce sanciones penales para ventas ambulantes

Diálogo abierto (BronxNet) · April 3, 2026
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Summary

Eric Nava Pérez (Street Vendor Project) dijo que el Concejo anuló el veto del alcalde y que la Ley Local 122, vigente desde el 9 de marzo de 2026, limita sanciones penales por faltas de permiso y crea vías civiles y administrativas, aunque persisten requisitos y sanciones por tiempo, modo y lugar.

Eric Nava Pérez, organizador del Street Vendor Project, explicó que la Ley Local 122 entró en vigor tras la anulación del veto del alcalde y la aplicación efectiva se produjo el 9 de marzo de 2026.

"El veto se llevó a cabo... y no le pareció la despenalización de la venta ambulante. ... el Concejo Municipal que anuló ese veto ... y 6 meses después es que entró en vigor ahorita en marzo", dijo Nava Pérez al describir el proceso.

Según Nava Pérez, antes de la reforma el NYPD y el departamento de sanidad podían remitir a vendedores ambulantes a la corte criminal por motivos relacionados con ventas en la vía pública; la reforma limita esa facultad y reduce la posibilidad de sanciones penales en casos ligados a la falta de permiso.

"El juez ahora... no te puede dar... un delito penal criminal por falta de permiso o falta de licencia", afirmó Nava Pérez, quien apuntó que ese cambio protege a trabajadores inmigrantes cuya situación migratoria podría verse afectada por antecedentes penales.

Nava Pérez dijo que, según estudios citados por su organización, aproximadamente el 96% de la industria ambulante está compuesta por inmigrantes y que la reforma busca proteger a mujeres, madres y personas mayores de consecuencias penales que podrían implicar repercusiones migratorias.

Sobre requisitos prácticos, Nava Pérez explicó que los vendedores de alimentos necesitarán un certificado de manejo de alimentos y un permiso para la unidad, que exige una inspección y el uso de comisarías (espacios donde se prepara o almacena comida para venta ambulante), cuya disponibilidad es limitada y puede complicar el cumplimiento. Los vendedores de mercancía general pueden vender diversos productos no alimentarios, salvo artículos de imitación; los "First Amendment vendors" (quienes venden textos, arte y materiales protegidos por la Primera Enmienda) están protegidos para vender sin permiso.

Nava Pérez mencionó además proyectos aprobados dentro del paquete: la 408, que crea una oficina dedicada a vendedores ambulantes dentro de Small Business Services (SBS) como un punto de atención integral, y la 431, que crea permisos y licencias nuevos. Dijo que Karina Kofman Gutiérrez liderará la oficina dedicada.

Para asistencia y licencias, Nava Pérez invitó a vendedores a acercarse a organizaciones de apoyo (mencionó Urban Justice Center) y al Licensing Center del DCWP en 42 Broadway; explicó que para tramitar licencias alimentarias se puede usar ITIN o SSN, que se requiere un curso de 8 horas y el pago de una tarifa.

Nava Pérez también advirtió que, aunque la reforma reduce sanciones penales en muchos casos, persisten sanciones civiles por incumplimientos de reglas de lugar, horario y modo; además, la falta de acceso a permisos y comisarías puede mantener barreras prácticas para vendedores.

El organizador ofreció ponerse en contacto y regresar al programa con vendedores para ampliar testimonios y detalles sobre implementación.