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La junta estatal presenta la reescritura propuesta del capítulo 16 sobre UST; entrada en vigor prevista para el 1 de enero de 2026

State Water Resources Control Board · December 17, 2025

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Summary

La presentación explicó cambios propuestos al Título 23, Div. 3, Cap. 16 sobre tanques de almacenamiento subterráneo: nuevas definiciones, requisitos de construcción, monitoreo y pruebas, plazos de cierre y roles de las UPA y agencias de supervisión de limpieza; la OAL revisa el borrador y la fecha prevista de vigencia es el 1 de enero de 2026.

La State Water Resources Control Board recibió una presentación informativa sobre la reescritura del Título 23, División 3, capítulo 16 (regulaciones de tanques de almacenamiento subterráneo). El ponente explicó que el reglamento fue sometido a la junta estatal para su adopción en la reunión del 3 de septiembre y que la Oficina de Administración y Leyes (OAL) está realizando la revisión; la fecha prevista de entrada en vigor es el 1 de enero de 2026.

El borrador reorganiza el capítulo en artículos que cubren definiciones y registros (Art. 1); variaciones específicas del sitio y normas de construcción (Art. 2); certificación, licencia y capacitación del personal (Art. 3); diseño, construcción y operación (Art. 4); requisitos de monitoreo (Art. 5); pruebas (Art. 6); informes de liberaciones y respuesta inicial (Art. 7); requisitos de cierre (Art. 8); permisos y contenido de permisos (Art. 9); y acciones correctivas (Art. 10). Los formularios y apéndices se incorporan como parte de la regulación y las instrucciones para completarlos estarán disponibles en los portales correspondientes.

Entre las definiciones nuevas figura la de "tanques abandonados" (sin sistema de detección funcional por más de 365 días, sin permiso vigente y no clausurado), que deberán inspeccionarse anualmente por la UPA y, en general, cerrarse permanentemente antes del 31 de diciembre de 2025 si son tanques de una sola pared. Si un propietario desea reabrir un tanque abandonado, deberá actualizarlo a un tanque tipo 3 y aprobar pruebas mejoradas de detección de fugas antes de volver a ponerlo en servicio.

Las regulaciones proponen estandarizar el lenguaje sobre la ubicación de componentes ("enterrado" vs. "no enterrado"), introducir términos técnicos como "continuidad" y "zona" para el monitoreo intersticial y crear una nueva categoría de "inspectores de cumplimiento independientes" que actúen en nombre de la junta estatal o de las UPA, con requisitos de independencia y certificación.

En materia de licencias y formularios, el identificador del operador de UST se convertirá en campos de entrada de datos en SAERS/Search para coincidir con el certificado del International Code Council (ICC). Los formularios añadirán una "next required date" para mejorar el seguimiento de pruebas y mantenimiento; la renovación de permisos deberá solicitarse 30 días antes del vencimiento para evitar lapsos.

Los cambios de construcción incluyen la obligación de que todas las entradas de tanque se realicen mediante una pasarela instalada según pautas del fabricante o norma de ingeniería, la exigencia de documentación del fabricante que demuestre continuidad intersticial antes de la instalación, y requisitos mínimos para tuberías de acero (referencias a ASTM A53 y espesores mínimos). Además, todos los tanques instalados a partir del 1 de enero de 2027 deberán estar anclados conforme a especificaciones del fabricante, código industrial o un ingeniero profesional registrado en California.

Sobre monitoreo y equipos, el borrador establece diagramas a escala en el plan de monitoreo (ubicación de tanques, tuberías, detectores y zonas), exige que las instalaciones remotas con monitoreo dispongan de un contacto de emergencia 24 horas, y modifica la regla para deshabilitar detectores: en muchos casos bastará con notificación en lugar de aprobación previa. El documento exige que los detectores mecánicos que hayan fallado se reemplacen por equipos electrónicos de detección continua antes de reanudar la dispensación y, para instalaciones remotas con tuberías presurizadas, impone sistemas de detección continua que interrumpan el flujo cuando detecten una liberación o se detecte fallo del sistema.

En pruebas, los resultados de la detección de fugas mejorada deberán remitirse en 30 días (antes 60), y los equipos de prueba deberán calibrarse según el fabricante o, si no existe guía del fabricante, conforme al NIST. Los detectores de línea y los métodos de vacío/presión/hidrostático se armonizan mediante estándares de prueba; por ejemplo, los LLD usados deben simular una liberación de 0.1 GPH a 150 psi para estandarizar la sensibilidad.

El informe inicial sobre liberaciones notificables se renombra "informe preliminar" y deberá incluir identificación de la instalación y dirección. Las UPA deben remitir la información preliminar a la agencia de supervisión de limpieza dentro de 60 días y la COA debe revisar documentación dentro de 30 días para determinar el alcance de la limpieza. El uso de GeoTracker se menciona como herramienta para agilizar notificaciones y revisiones.

En materia de cierre, el borrador exige aprobación de la UPA para cierres temporales y, luego de ello, inspecciones cada 90 días por parte del propietario u operador; el cierre permanente deberá completarse dentro de 365 días desde el cese del almacenamiento de sustancias peligrosas. Las obligaciones de muestreo se detallan (muestras de suelo inmediatamente después de la remoción, muestreo de agua subterránea al ingreso de agua a la excavación, suelo mínimo de 2 pies, requisitos adicionales para tanques >12,000 galones y tuberías cada 20 pies o en cambios de dirección).

Respecto a la aplicación, el borrador introduce clasificaciones de infracciones (clase 1, 2 y menor) para orientar niveles de aplicación y pide que las UPA desarrollen planes de inspección y aplicación consistentes con el Título 27 y la sección 2694A. Se clarifica el mecanismo de "etiquetado rojo" (red-tagging): tanto la junta como las UPA pueden aplicar red-tag a instalaciones no conformes, pero debe haber comunicación y coordinación entre ambas; la remoción autorizada del red-tag requiere documentación del nivel de sustancia en el tanque y registro en un plazo de cinco días.

El Art. 10 aclara que solo las agencias de supervisión de limpieza (COA) tienen autoridad para supervisar la reducción de liberaciones no autorizadas; no obstante, los propietarios pueden ejecutar acciones correctivas provisionales en caso de amenaza inminente, con obligación de notificar a la COA. La remoción de producto libre debe reportarse en 45 días y, tras la presentación de un Plan de Acción Correctiva en GeoTracker, la COA tendrá 60 días para revisar y aceptar o requerir modificaciones. El borrador también exige un estudio de viabilidad para evaluar alternativas y permite iniciar ciertas remediaciones por vapor de suelo 60 días después de presentar el CAP, salvo que la COA ordene lo contrario.

El presentador cerró mostrando las páginas actualizadas de apéndices y formularios (apéndice de certificación de capacitación, formularios de inspección visual, hojas de continuidad, apéndices para contención y pruebas) y proporcionó un enlace/QR y sus datos de contacto para recibir preguntas y suscripción por correo.

Próximos pasos: la OAL sigue la revisión del borrador; cartas de orientación y las instrucciones para formularios se publicarán antes de la entrada en vigor; los plazos normativos clave citados son el 31 de diciembre de 2025 (cierre de tanques de una sola pared), 1 de enero de 2026 (vigencia del reglamento) y 1 de enero de 2027 (requisito de anclaje para tanques nuevos).